Esclavitud Cognitiva: manifestaciones en torno a la piratería

No existe una definición precisa en torno a la esclavitud cognitiva (o yo no la he encontrado), pero la asumo como la prisión mental en la que nos mantenemos por creer o tener, de forma muy arraigada, ciertas ideas o conceptos que nos llevan a ver la vida y la realidad desde un punto de vista particular, que beneficia principalmente a otras personas. En este sentido, presentaré algunos ejemplos de la esclavitud cognitiva que veo latente en el mundo, en torno a la idea cotidiana que encierra la piratería.
1. Experimento de Wi-Fi ‘pirata’ sorprende en el metro de Nueva York
Esta noticia, que salio en la versión digital de la revista Enter (ver noticia), menciona el montaje de equipos que realizaron un par de personas para transportarlos en bolsas de compras, y ofrecer de esta manera acceso a aplicaciones de información y comunicación a través de los dispositivos móviles (smartphones y tablets) de las personas que se transportan en una de las líneas del metro de Brooklyn en Nueva York.

Lo que más me llamo la atención de esta noticia, es que, las mismas personas que están trabajando en este proyecto, califican la red Wi-Fi creada como una red pirata, porque no tienen ninguna autorización. ¿A qué tipo de autorización se refieren?. Si se refieren a la autorización para crear un punto de acceso inalámbrico (Access Point), resulta que la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU por sus siglas en ingles) ha definido que la banda de frecuencias de 2,4 Ghz (donde trabaja las redes Wi-Fi) sea una banda de frecuencias libre, lo que significa que cualquiera la pueda utilizar sin que tenga que pedir permisos o pagar por una licencia de uso de esta parte del espectro electromagnético.
Esta recomendaciones han sido acogidas por la mayoría de países del mundo, entre ellos EE.UU. y Colombia, y por eso es que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de nuestro país, en su Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (ver cuadro), define el rango de 2,3 a 2,45 Ghz para uso aficionado y además establece algunos parámetros técnicos para su regulación a través de la Resolución 2544 de 2009 (ver resolución).
Por tanto cualquier persona puede comprar los equipos y montar una red Wi-Fi para que otras personas se conecten, y esta parte es legal. Sin embargo, hay otras situaciones que habría que tener en cuenta, pero que no corresponden a la parte técnica: 1) se debe tener la licencia que permita la distribución de los contenidos que se ofrecen a través de esta red o deben ser contenidos con licencias libres (ver Creative Commons); 2) si se ofrece acceso a Internet a través de esta red inalámbrica, se debe estar seguro que no hayan restricciones en los términos de contrato del proveedor; 3) Si el acceso a la red inalámbrica tiene costo, esto implicará tramites para obtener una personería jurídica a través de la cual se pueda facturar; y 4) no estaría de más conocer si la empresa que maneja el Metro de New York plantea alguna restricción para ofrecer este servicio de red inalámbrica.
Pero, leyendo la noticia, el acceso a la red Wi-Fi es gratuito y no ofrece conexión a Internet sino a contenidos y servicios creados por las mismas personas que montaron la red, y no se me ocurre una razón para la cual el Metro de New York ponga alguna restricción al respecto.
Por tanto, lo que me llama la atención de esta noticia (aclarando que son las mismas personas que realizan la prueba, y no la revista Enter, la que le dan el nombre de Wi-Fí Pirata), es que se presuponga que, si no se pide permiso, si no se pagan licencias, entonces se incurre en piratería (una idea que esta asociado al lucro a través de actividades delictivas - ver definición en Wikipedia), desconociendo que hay ámbitos sociales, y avalado por leyes, en las que se puede hacer uso de algunas cosas de forma gratuita y legal.
A propósito de esta noticia, veo que las personas del colectivo IndignateCo han desarrollado una experiencia en la misma dirección denominada la #Biciindignada (ver noticia en su blog), y que corresponde a una bicicleta que tiene equipos para ofrecer Internet y para realizar streaming, la cual fue utilizada en la pasada marcha estudiantil del 10 de noviembre, con el propósito de hacer periodismo ciudadano para mostrar, a través de las redes sociales, lo que los medios de comunicación tradicionales nunca muestran.
2. La Descarga de archivos es ilegal: inapropiado para todas las edades
Hace unos años, viendo una película alquilada, había un clip de video en donde se hacia la analogía entre robar carros y televisores con la descarga de archivos (ver publicación original en este mismo blog).

Lo que más me impacto de esta publicidad, es que sólo muestra una cara de la moneda: descargar documentos, música, videos o cualquier otro archivo es un delito, sin siquiera diferenciar que existen contenidos que tienen todos los derechos de autor reservados y por tanto no se deben descargar de Internet, así estén disponibles, y contenidos cuyos autores han dado algunos derechos a los usuarios (ver presentación sobre derechos de autor).
Por tanto me sorprendió que no se menciona que existen miles de libros (archive.org), fotos (openphoto.net), música (jamendo.com), películas (moviesfoundonline.com) entre muchos otros tipos de archivos, en los cuales sus autores han dado la autorización para que las personas podamos descargar, usar, y en algunos casos mezclar, estas obras, sin costo. En otros casos, hay un costo, pero igual se adquiere varios derechos para producir nuevas obras a partir de lo que se adquiere, perspectiva bastante lejana a la idea de obra cómo producto que sólo se puede contemplar.
En los últimos años, se ha visto una enorme campaña de parte de las grande asociaciones y grupos empresariales en torno al entretenimiento (música, libros, cine, televisión, software) para invisibilizar y para desvirtuar todo lo relacionado con contenidos libres, software libre y tecnologías libres. A veces dicen que este tipo de contenidos y productos son de mala calidad (cómo ha sucedido con el software), en otras ocasiones dicen que este tipo de licenciamientos desestimula la creación artística y la innovación (en el caso de los contenidos), también afirman que este tipo de licenciamientos fomenta en la piratería, y en otros, como el de este video, simplemente lo invisibiliza, hacen de cuenta que no existe.
Incluso estas campañas las están llevando a las escuelas. En abril de este año, se público y se empezó a promocionar la cartilla “Música, Cine y Televisión en Internet: Guía para Padres y Profesores”, que al igual que el video, sólo muestra una idea del derecho de autor relacionada con lo que podemos hacer con los contenidos producidos por las grandes empresas, lo cual es simplemente contemplarlo, pero que invisibiliza cualquier otra forma alternativa de entender, de forma legal, el derecho de autor. Por fortuna, hay grupos que reaccionaron a esto creando otra cartilla, denominada “Música, Cine, y Televisión Legal y Gratuita en Internet: Guía para Madres y Profesoras” que muestra todo tipo de creaciones que son de libre acceso (ver noticia y acceso a los documentos).
En un camino diferente, Lawrence Lessig, en su libro “Por una Cultura Libre” (ver reseña), plantea de manera brillante la siguiente conclusión: todas las industrias del entretenimiento (cine, radio, TV cable) surgieron en la primera mitad del siglo XX gracias a la piratería (en el sentido de lucro a través de acciones delictivas), sin embargo ahora, que tienen el dinero y el poder, están cerrando la posibilidad para que la sociedad invente nuevas formas de hacer dinero de forma legal, aprovechando las nuevas tecnologías, estigmatizandolas a través de una guerra declarada contra la piratería. Con esta guerra, más que defender a los autores (quienes realmente no tiene los derechos sobre el uso económico de sus obras), están protegiendo una forma de hacer dinero que conocen y a la que ya están acostumbrado.
Pero la otra idea importante que Lessig desarrolla en su libro, es que nos recuerda que la cultura es creada por todos nosotros, no sólo por las industrias del entretenimiento (en relación con la música, libros, cine, etc.). Por tanto, entender el derecho de autor y producir contenidos sólo desde una perspectiva cerrada y restrictiva del derecho de autor, evitando que las personas podamos remexclar para crear otros contenidos, es condenar a que la cultura sea propiedad de unos pocos, es retroceder en lo que habían ganado las sociedades democráticas.
Entonces, vemos que la invisibilización de otras formas validas de entender el acceso a la producción inmaterial a través de las tecnologías digitales (música, documentos, videos, software, etc.), no es ingenia, es intencional, y lo que busca es perpetuar la forma de hacer negocio de los grandes monopolios.
También es claro que cuando se habla de contenidos o de software libre, no necesariamente se esta hablando de que deban ser gratuitos, sino de que le den a las personas, algunos derechos sobre estas obras para estudiarlas, modificarlas, y en algunos casos, para hacer negocio con ellas.
3. El proyecto de ley sobre infracciones al derecho de autor en Internet: #LeyLleras
La LeyLleras o más exactamente el proyecto de ley “Por el cual se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en Internet”, no fue un proyecto de ley que propusiera cambios sustanciales en la legislación de derechos de autor en el país, así como tampoco planteaba una estrategia integral en contra de la piratería, sino que a mi juicio, simplemente definía unas condiciones para que a los proveedores del servicio de Internet se les exonere de la responsabilidad sobre los actos de violación de derechos de autor de sus usuarios. Una presentación de este proyecto de ley realizada para un conservatorio (ver publicación realizada sobre este tema), fue:

El principal problema de este proyecto de ley, era favorecer actos de censura contra personas o ideas, ya que resultaría muy fácil obligar a los proveedores de contenidos (páginas web) a retirar los contenidos al presumir violación de derechos de autor, pero no a la rectificación en caso de estar equivocados. ¿Se imaginan esta posibilidad en época de campañas electorales o al servicios de las industrias del entretenimiento?. Por fortuna, este proyecto fue retirado del Congreso, gracias a los debates y discusiones promovidos desde el colectivo RedPaTodos (ver sitio web).
Sin embargo, lo que más me llamo la atención de este proyecto de ley no fue tanto su articulado, como sí la exposición de motivos, es decir, el documento que se entrega junto con la propuesta de articulado para la justificación y sustentación de los proyectos de ley, ya que en el, se asume la piratería cómo el acto que realiza una persona cuando comparte la producción intelectual de otra (independiente si es o no con animo de lucro), lo que transforma la idea de piratería como actividad con la cual una persona se lucra de la producción intelectual de otra persona (ver documento completo presentado por el Ministerio del Interior de Colombia).
Este cambio en la idea de piratería sobre obras inmateriales, se da a partir del discurso en el cual, el compartir música, documentos y software (sin importar que sean contenidos que los autores autoricen su gratuita distribución o contenidos a los que se les este violando el derecho de autor), conlleva a que las personas dejan de pagar por estos contenidos, por lo cual las empresas y compañías dejan de recibir ganancias y con ello se afecta las posibilidad de generar empleo.
Sin embargo, lo que no tienen en cuenta en este análisis, son las otras posibilidades de generar dinero gracias al acceso que se tiene a contenidos legales (porque estamos de acuerdo que es un delito distribuir contenidos o programas en donde los autores no han dado su autorización), y por el contrario se esta estigmatizando cualquier iniciativa de personas y empresas a generar contenidos con licencias libres.
En este análisis se asume que si se detuviera todo lo que se comparte de forma gratuita en Internet, esto representaría en ganancias para la industria de contenidos y del entretenimiento, sin considerar que es muy probable que si las personas no pueden acceder de forma gratuita a ciertos contenidos, simplemente no los comprarían. De otro lado, la expectativa de generar nuevos empleos si se combate toda forma de compartir en la red, podría tener sustento si se tratará de la comercialización de objetos materiales, pero con objetos inmateriales, una nueva copia hoy, significa hacer un clic en Internet, y ni siquiera para las empresas, sino para los usuarios, así que es poco probable el aumento real de empleos.
Estos análisis tampoco muestran como las grande compañías del entretenimiento sólo favorecen a un grupo muy reducido de artistas, y cómo la piratería (en el sentido delictivo de la palabra), se convierte en una oportunidad para los pequeños artistas. En este sentido salió en el mes de febrero de este año, una nota en el periódico El Espectador, en la cual describen cómo algunos cantantes de música carrilera y norteña, pagan para que incluyan sus canciones, junto con los grandes artistas de estos géneros, en los CD de música que venden de forma pirata, ya que se han dado cuenta que esta es una forma más efectiva y económica de darse a conocer, que a través del loby que puedan hacer en las emisoras de música o a través de las casas discográficas (ver nota del periódico). Hay que recordar que las ganancias de los artistas en general, esta en los conciertos y presentaciones que realizan, ya que las ganancias por venta de discos, se las llevan principalmente las casas discográficas.
Reflexión a manera de conclusión
La intención de presentar estas tres situaciones en torno a la piratería, tienen el propósito de mostrar como hemos ido asumiendo una idea de piratería, definida y redefinida por grupos económicos de acuerdo con sus intereses, sin que nosotros seamos muy consciente de ello. Esta capacidad que tienen algunos grupos para introducir ideas en las personas de forma inconsciente, con el propósito de controlar al aceptación o rechazo de ciertos actos de la vida cotidiana, es lo que llamo esclavitud cognitiva, y es lo que ha venido pasando en el tema de la piratería y el derecho de autor. Lo cual, nos ha llevado a rechazar y dejar de lado, otras ideas que podrían promover la innovación tecnológica, el emprendimiento y el desarrollo de competencias y valores esenciales para explotar nuetsras potencialidades como personas y cómo sociedad.