Reforma Constitucional del Agua

Muchos de ustedes ya deben estar al tanto de esta noticia: Desde el Ministerio de Obras Públicas (con su Dirección General de Aguas), se ha propuesto una reforma constitucional que modificaría la regulación de los recursos hídricos en Chile.

Dado que el agua será crecientente un recurso crítico para el país es muy importante que los ciudadanos nos informemos. A continuación los dejo con un resumen de los cinco ejes principales de la reforma y abajo el texto completo del borrador que sería enviado más adelante al Congreso,  donde ya se han debatido por varios años distintas iniciativas de parlamentarios. La discusión de esta nueva propuesta podría tomar un tiempo considerable, pero es algo que hay que hacer.

La reforma constitucional que se basa en cinco ejes:

1.- Elevar a rango constitucional el concepto de agua como bien nacional de uso público, cualquiera sea el estado en que se encuentren los recursos hídricos: líquido, sólido y/o gaseoso, quedando expresamente en dicha categoría los glaciares y nieves.

2.- Establecer la facultad del Estado para reservar caudales de aguas superficiales o subterráneas cuando así lo exijan los intereses generales de la Nación, la Seguridad Nacional, la utilidad y salubridad pública, y la conservación del patrimonio ambiental.

3.- Establecer por Ley el procedimiento de constitución, reconocimiento, transferencia, transmisión, renuncia, extinción, caducidad y pérdida de los derechos de los particulares sobre las aguas.

4.- Establecer Corporaciones administradoras de cuencas, que fortalezcan y velen por una gestión integrada de las cuencas, las que serán organismos públicos, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Una Ley señalará la organización y demás funciones y atribuciones de las referidas Corporaciones. Mientras estos organismos no existan subsistirán las competencias y facultades que consagra la normativa existente.

5.- Establecer por Ley la exploración, explotación y constitución de derechos de aprovechamiento de aguas en conformidad a la diversidad geográfica y climática del país, y a la disponibilidad efectiva de los recursos hídricos.

Proyecto modificación artículo 19 N 24 de la Constitución